Declaración de UIBA antelos últimos acontecimientos:

VENEZUELA: DE ESTADO FALLIDO A RESTABLECER ESTADO DE DERECHO 

La Unión Iberoamericana de Colegios y Agrupaciones de Abogados (UIBA), en ejercicio de su misión institucional y conforme a los principios del derecho internacional, del constitucionalismo democrático y de la defensa irrestricta de los derechos humanos, expone  su posición jurídica e institucional respecto de la situación de la República Bolivariana de Venezuela, los efectos derivados de la detención de Nicolás Maduro y la imperiosa necesidad de restablecer plenamente el Estado de Derecho. 

Desde los orígenes del régimen instaurado por el chavismo y profundizado bajo el gobierno de Nicolás Maduro, la UIBA ha sostenido de manera constante y fundada una posición crítica frente a un modelo de poder caracterizado por el desconocimiento sistemático del Estado de Derecho, la violación grave y generalizada de los derechos humanos, la supresión de la independencia judicial, la persecución política, la criminalización del ejercicio libre de la abogacía y la desarticulación de los colegios profesionales, así como por la manipulación fraudulenta de los procesos electorales y la negación de una representación política auténtica del pueblo venezolano. 

La progresiva degradación institucional condujo a Venezuela a una condición objetivamente asimilable a la de un Estado fallido,  caracterizado por prácticas autoritarias, corrupción estructural, colapso de los servicios públicos, criminalidad organizada, narcotráfico con connivencia estatal, empobrecimiento masivo de la población, migración forzada de millones de ciudadanos —incluyendo recursos humanos altamente calificados— y una incapacidad manifiesta para cumplir las funciones esenciales del Estado y para interactuar de manera regular con la comunidad internacional. 

Este proceso incluyó la ruptura de la división de poderes, la anulación de garantías judiciales básicas, detenciones arbitrarias, torturas, asesinatos y otros crímenes que habilitaron la competencia de la Corte Penal Internacional, por la presunta comisión de crímenes de lesa humanidad, conforme al Estatuto de Roma. 

En particular, la UIBA condenó enérgicamente el fraude electoral del 28 de julio de 2024, consistente en la adulteración grosera de resultados y actas electorales, la ausencia de transparencia y el desconocimiento de la voluntad popular, lo que afectó no solo al orden constitucional venezolano sino también a la estabilidad democrática de la región iberoamericana. En tal sentido, la UIBA reconoció el triunfo legítimo del ciudadano Edmundo González Urrutia como expresión soberana del pueblo venezolano. 

En el actual contexto, la detención de Nicolás Maduro y de su esposa mediante un operativo militar extranjero ejecutado dentro del territorio venezolano por vía directa plantea un grave dilema jurídico internacional, que implica no ceder a una “tentación peligrosa” de reflotar la doctrina Monroe y así erosionar los pilares del sistema multilateral construido tras la Segunda Guerra Mundial pues se podrían revivir doctrinas superadas que debilitan gravemente el orden jurídico internacional, sustituyendo el derecho y  la legalidad por la fuerza de decisiones unilaterales. 

Esto pone en crisis la organización internacional multilateral de la segunda postguerra mundial y del derecho internacional,  instalando   la polarización transitoria de un centro de poder  con invocación de una autoridad auto atribuida frente a las todas las naciones. 

La UIBA reafirma que la lucha contra las dictaduras, el crimen organizado, el narco terrorismo amparado y cohonestado por los gobiernos y la impunidad, pero destacando que la intervención militar de un país extranjero no es la vía para derrocar una  dictadura o detener un buscado por la justicia de otro país (art 2 de la Carta de las Naciones Unidas).       

En consecuencia, y analizando la evolución de los acontecimientos, la UIBA sostiene que la única vía legítima para la reconstrucción institucional de Venezuela es el respeto irrestricto a la soberanía popular, la autodeterminación del pueblo venezolano, y la plena vigencia del resultado electoral del 28 de julio de 2024, lo que exige la instalación de la Asamblea Nacional y la proclamación y toma de juramento del presidente legítimamente electo. 

Asimismo, la UIBA hace un llamado enfático a preservar la paz, la seguridad interior y la institucionalidad democrática recuperada, promoviendo el diálogo nacional como instrumento para la reconciliación y la reconstrucción del tejido social venezolano. 

Por todo lo expuesto, la UIBA declara: 

1.Su pleno apoyo al reconocimiento de la soberanía popular venezolana y del resultado electoral del 28 de julio de 2024, debiendo constituirse la Asamblea Nacional y proclamarse, con toma de juramento, al ciudadano Edmundo González Urrutia como Presidente legítimo, constitucional e institucional de la República Bolivariana de Venezuela. 

2.Su exhortación a la recuperación efectiva del Estado de Derecho, conforme a la Constitución venezolana, con división real de poderes, garantías judiciales, respeto a los derechos humanos, liberación de detenidos políticos —en especial abogados perseguidos y detenidos —, esclarecimiento y sanción de asesinatos, con eventual intervención  a la Justicia Penal Internacional.  

3.Su acompañamiento al Pueblo Venezolano y a la Abogacía -y Colegas- de Venezuela, en su lucha por la restitución de los derechos ciudadanos, el ejercicio libre e independiente de la profesión, la colegiación legal libre e independiente  y la plena vigencia de los derechos humanos. 

4.Su compromiso de mantener un estado de alerta institucional, difundiendo esta posición ante todos los organismos y foros competentes, a fin de promover la pacificación, la legalidad democrática y el respeto a la voluntad popular. 

5.Su exhortación al diálogo pacífico como única vía para recuperar el orden constitucional y democrático, rechazando el uso de la fuerza, la vía directa, la intervención y las acciones unilaterales, y promoviendo la solución pacífica de las controversias a través de los mecanismos multilaterales del Derecho Internacional.

6.Comunicar la presente declaración a la Secretaría General de la Organización de los Estados Americanos, a la Organización de las Naciones Unidas y a la Corte Penal Internacional. 

 

Madrid, 06 de enero de 2026 

                                              

Carlos Alberto Andreucci

Presidente

 

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